lunes, 2 de enero de 2012

Ley para criminalizar la protesta social ya pasó un obstáculo


Mientras la mayoría de los chilenos estábamos embobados por la compras navideñas, la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados aprobó, por siete votos a favor (cinco UDI y dos Renovación Nacional), cinco en contra y una abstención, todos de la Concertación, el proyecto enviado por el Gobierno para reprimir todo tipo de manifestaciones sociales, denominado “Resguardo del orden público”. Esta Ley Antiprotesta es otra de las invenciones mediáticas de Hinzpeter.

El paso siguiente del proyecto es la primera semana de enero, donde será votado en la cámara baja. En esta oportunidad, la única manera de rechazar el proyecto es que la totalidad de la Concertación lo rechace, al mismo tiempo que los independientes y el PRI.

Para colocarle más presión a la sesión de la Comisión de Seguridad llegó el propio ministro Hinzpeter, quien recordó algunos de los puntos centrales de la iniciativa, tal como “sancionar efectivamente a quienes cometen delitos encapuchados; proteger a los pequeños y medianos comerciantes de los saqueados y castigar a quienes con violencia comenten un conjunto de conductas que alteran la paz social e impiden a muchos compatriotas vivir con tranquilidad” expresó.

Una Ley para criminalizar la protesta social
La iniciativa endurece las penas contra quienes ataquen a integrantes de las Fuerzas de Orden y Seguridad y a los funcionarios de Gendarmería de Chile en ejercicio de sus funciones. En este mismo tema, elimina las multas para los delitos comprendidos en la disposición y deja como única sanción la privación de libertad en un recinto carcelario, con una extensión que dependerá de los agravantes incluidos en la pena.

En términos generales, se reemplaza la figura legal del delito de desórdenes públicos, contenido en el artículo 269 del Código Penal, por otra que sanciona con presidio menor en su grado medio, que va de los 541 días a 3 años. Dicha pena afectará tanto a los que cometan los desordenes, como también a quienes los promuevan, dando luz verde para sanciones a todo quien convoque a una manifestación pública.

En lo medular, el proyecto de Ley señala que también serán sancionados quienes hayan “incitado, promovido o fomentado, desórdenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia que implique: paralizar o interrumpir algún servicio público, tales como los hospitalarios, los de emergencia y los de electricidad, combustibles, agua potable, comunicaciones o transporte; invadir, ocupar o saquear viviendas, oficinas, establecimientos comerciales, industriales, educacionales, religiosos o cualquiera otro, sean privados, fiscales o municipales; impedir o alterar la libre circulación de las personas o vehículos por puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes; atentar en contra de la autoridad o sus agentes; emplear armas de fuego, cortantes o punzantes, artefactos o elementos explosivos, incendiarios o químicos u otros capaces de producir daños a las personas o a la propiedad; o causar daños a la propiedad ajena, sea pública, municipal o particular”.

También se castigará a quienes actúen con su rostro cubierto en la comisión de algunos de los delitos antes mencionados, entre ellos: atentados contra la autoridad, atentados y amenazas contra los fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos y desórdenes públicos.
Para ello, el proyecto consigna la actuación de la policía sin orden previa, consignada en el artículo 83 del Código Procesal penal, un nuevo agregado con letra f, que permite tener acceso a “fotografías, filmaciones, grabaciones y, en general, toda reproducción de imágenes, voces o sonidos que se hayan tomado, captado o registrado y que sean conducentes para esclarecer los hechos que constituyan o puedan constituir delito y obtener su entrega voluntaria o una copia de las mismas”. Este punto afecta gravemente el ejercicio profesional del periodista, quien por Ley no está facultado a revelar sus fuentes, cosa que podría cambiar si se aprueba esta Ley.

No hay comentarios.: